Resolucion AFIP 3582 - Dos compras al año
- MartyMcfly
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Resolucion AFIP 3582 - Dos compras al año
Hola gente! Lamento volver a abrir un hilo con malas noticias, estoy que vuelo de la bronca. Lo escribí ayer, sabía que estas idioteces iban a continuar
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:
Artículo 1° — Los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial —incluido el servicio puerta a puerta—, podrán utilizar el procedimiento previsto en la Resolución General N° 3.579 en DOS (2) oportunidades en el año calendario, resultando de aplicación la franquicia anual de VEINTICINCO DOLARES (U$S 25) prevista en el Artículo 80, Apartado 1, Inciso c) del Decreto N° 1001/82 y sus modificaciones.
Art. 2° — Los envíos que excedan del límite previsto en el artículo anterior, deberán ser cursados al amparo del Régimen General de Importación.
Art. 3° — La Dirección General de Aduanas elaborará a su consideración, un listado de mercaderías que quedarán exceptuadas de la presente norma, el cual será publicado en el sitio “web” de esta Administración Federal (www.afip.gob.ar).
Art. 4° — Esta resolución general entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
http://www.lanacion.com.ar/1657473-mas-controles-a-las-compras-en-sitios-internacionales-online
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:
Artículo 1° — Los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial —incluido el servicio puerta a puerta—, podrán utilizar el procedimiento previsto en la Resolución General N° 3.579 en DOS (2) oportunidades en el año calendario, resultando de aplicación la franquicia anual de VEINTICINCO DOLARES (U$S 25) prevista en el Artículo 80, Apartado 1, Inciso c) del Decreto N° 1001/82 y sus modificaciones.
Art. 2° — Los envíos que excedan del límite previsto en el artículo anterior, deberán ser cursados al amparo del Régimen General de Importación.
Art. 3° — La Dirección General de Aduanas elaborará a su consideración, un listado de mercaderías que quedarán exceptuadas de la presente norma, el cual será publicado en el sitio “web” de esta Administración Federal (www.afip.gob.ar).
Art. 4° — Esta resolución general entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
http://www.lanacion.com.ar/1657473-mas-controles-a-las-compras-en-sitios-internacionales-online
- Charlie1974
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Re: Resolucion AFIP 3582 - Dos compras al año
Preparen los ...
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Re: Resolucion AFIP 3582 - Dos compras al año
De testarudo nomás, ya estoy haciendo una lista de buena fe, con todas las personas que van a utilizar ese límite este año...
Re: Resolucion AFIP 3582 - Dos compras al año
Ahora, si la Resolución de ayer (la de presentar DDJJ y VEP) se aplica para atrás, y con esta nueva normativa pasa lo mismo...qué carajos hacemos con los paquetes del año pasado que todavía no nos entregaron?
- MartyMcfly
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Re: Resolucion AFIP 3582 - Dos compras al año
TANO escribiste:Ahora, si la Resolución de ayer (la de presentar DDJJ y VEP) se aplica para atrás, y con esta nueva normativa pasa lo mismo...qué carajos hacemos con los paquetes del año pasado que todavía no nos entregaron?
Extraído de AFIP
¿Cuál es la vigencia de la RG 3579/14?
La RG 3579/14 entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial (21/01/2014), inclusive.
Es decir, para lo que tenemos pedidos demorados, en teoría no debería aplicársenos el nuevo régimen. En teoría, pero en la práctica todo puede suceder
TANO escribiste:De testarudo nomás, ya estoy haciendo una lista de buena fe, con todas las personas que van a utilizar ese límite este año...
Yo estaba pensando lo mismo, pero me pregunto si la gente que integra esa lista necesitará clave fiscal nivel 2 también para poder recibir las compras.
Re: Resolucion AFIP 3582 - Dos compras al año
.chicos a no entrar en panico parece que lo siguiente no entra en la normativa de las " dos veces"
Diarios, Revistas, folletos, Manuales, Periódicos, fotos, casetes de audio, casetes de videos, CD, material de colección, juguetes, etc.
Diarios, Revistas, folletos, Manuales, Periódicos, fotos, casetes de audio, casetes de videos, CD, material de colección, juguetes, etc.
- MartyMcfly
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Re: Resolucion AFIP 3582 - Dos compras al año
Kaladin_ escribiste:.chicos a no entrar en panico parece que lo siguiente no entra en la normativa de las " dos veces"
Diarios, Revistas, folletos, Manuales, Periódicos, fotos, casetes de audio, casetes de videos, CD, material de colección, juguetes, etc.
Ojalá...estoy esperando ansiosamente que publiquen esto.
Art. 3° — La Dirección General de Aduanas elaborará a su consideración, un listado de mercaderías que quedarán exceptuadas de la presente norma, el cual será publicado en el sitio “web” de esta Administración Federal (www.afip.gob.ar).
Después dejaré de putear, por ahora que se vayan a la reconc$%% de su pu%$ vieja.
- MartyMcfly
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Re: Resolucion AFIP 3582 - Dos compras al año
Charlie1974 escribiste:Preparen los ...
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A preparar todo rápido, antes que nos limiten los viajes también
Re: Resolucion AFIP 3582 - Dos compras al año
Mmm...no sé, Marty...justo hay un forero de Santiago, que en este momento debe estar intentando retirar unas cosas de la Aduana...en cuanto sepa algo, aviso...MartyMcfly escribiste:TANO escribiste:Ahora, si la Resolución de ayer (la de presentar DDJJ y VEP) se aplica para atrás, y con esta nueva normativa pasa lo mismo...qué carajos hacemos con los paquetes del año pasado que todavía no nos entregaron?
Extraído de AFIP
¿Cuál es la vigencia de la RG 3579/14?
La RG 3579/14 entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial (21/01/2014), inclusive.
Es decir, para lo que tenemos pedidos demorados, en teoría no debería aplicársenos el nuevo régimen. En teoría, pero en la práctica todo puede suceder
Entiendo que no...pero, por si acaso, voy averiguando cómo saco la Clave Fiscal para mi hija de 2 años...MartyMcfly escribiste:TANO escribiste:De testarudo nomás, ya estoy haciendo una lista de buena fe, con todas las personas que van a utilizar ese límite este año...
Yo estaba pensando lo mismo, pero me pregunto si la gente que integra esa lista necesitará clave fiscal nivel 2 también para poder recibir las compras.
Ahora, digo yo...si alguien envía un regalo desde el exterior, el destinatario tiene que hacer una DD.JJ. para retirar el presente? Mamita!!!
P.D.: me parece, creo, estimo, opino...que los 2 hilos sobre el tema Restricciones, el de ayer y el de hoy, quedarían mejor juntos, para que no andemos opinando lo mismo por los 2 lados...
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